martes, 2 de mayo de 2017

Los costos de la minería

Una mirada a otros modelos de desarrollo 

Los costos de la minería 


Ante el debate suscitado por la consulta popular en Cajamarca, Tolima, FORO JAVERIANO analiza la perspectiva de la restricción de la actividad minera en aras de proteger el medio ambiente.  

Autor: Alejandro Moreno 

La consulta popular del 26 de marzo en Cajamarca, Tolima, reavivó el debate entre quienes defienden la minería legal como un modelo de desarrollo legítimo, y quienes sobreponen el medio ambiente y la agricultura frente a la tentación de las regalías. La discusión planteó problemas jurídicos como la vinculatoriedad de la decisión popular y el riesgo de la inversión extranjera ante la voluntad de las poblaciones, frente al uso del suelo y subsuelo de sus territorios. 

A raíz de la decisión de Cajamarca –que tiene su antecedente en el municipio de Piedras, en el mismo departamento se han reanimado las campañas ambientalistas en otros territorios: como Valparaíso en el Caquetá, San Martín en el Cesar o San Roque en Antioquia, en donde los ciudadanos han manifestado su oposición a la extracción de oro e hidrocarburos. 

Cajamarca, como el municipio de Pijao en el Quindío –donde se adelantan trámites para una consulta del mismo corte–, tiene una vocación abiertamente agrícola. Los promotores del No frente a la pregunta: ¿Está usted de acuerdo, Sí o No, con que en el municipio de Cajamarca se ejecuten proyectos y actividades mineras?, han asegurado que su municipio es el mayor productor de arracacha del mundo, así como uno de los principales proveedores de fríjol y hortalizas de las plazas de mercado del país. La actividad minera que se pretende llevar a cabo en La Colosa amenaza la viabilidad de un territorio con altísimo potencial agrícola. Tanto en Cajamarca como en otros municipios que comparten estas aptitudes se estaría desaprovechando la explotación agrícola. Como lo señalaron los promotores, Colombia tiene una responsabilidad muy alta por las características de su suelo y de su clima frente a la crisis alimentaria global que se pronostica para las próximas décadas, dado el desproporcional crecimiento de la población mundial. Este hecho pone de presente una de las consideraciones más importantes a tener en cuenta en el momento de discutir un cambio de modelo de desarrollo en un municipio. 

Por otra parte, la minería excluye otro modelo de desarrollo posible para estos territorios: el ecoturismo. En el caso de La Colosa, en Cajamarca, se tiene registro de que esa montaña es refugio de más de 360 especies de aves, por lo cual este municipio en el Tolima resultaría un destino muy atractivo para esta clase de turistas, crecientes en el mundo y quienes según el Ministerio de Industria y Comercio gastan tres o cuatro veces más que un turista de sol y de playa.  

El debate no debe restringirse, como se ha pretendido hacer, prohibir la minería de todo tipo, pues se ha repetido hasta el cansancio que la vida moderna resultaría inviable sin la actividad minera. Sin embargo, sí debe ser tenido en cuenta el impacto social y ambiental que conlleva el desarrollo de la minería. Si bien la Agencia Nacional Minería y las trasnacionales de la industria minera han tenido como argumento principal los beneficios que dejarán las regalías por la extracción, hay evidencia que demuestra el bajo impacto que esos dineros tienen en dichas poblaciones. El caso de Puerto Gaitán en el departamento del Meta es alarmante: tiene dentro de su jurisdicción Rubiales –el campo petrolero más productivo del país pero sigue con un tercio de su población con necesidades básicas insatisfechas, a pesar de haber recibido ingresos millonarios por regalías en los últimos años.  

Otro argumento de quienes buscan imponer la minería, es el que poner trabas a los procesos legales de minería es abrirle las puertas a la minería ilegal, desconociendo dos hechos. El que las personas que realizan actividades mineras de manera ilegal no pueden hacerlo a cielo abierto, como se pretende hacer en Cajamarca y en Pijao, porque las características de esta modalidad hacen que sea imposible ejercerla sin ser descubierto. Y que el deber de vigilancia sobre el territorio no corresponde a quienes defienden causas ambientales, sino al Estado. Adicionalmente, la minería legal no es garantía para el medio ambiente. Así se ha confirmado por lo menos en dos casos que contaban con licencias ambientales en pleno: la contaminación y sequía del caño Rubiales en Puerto Gaitán; los sedimentos y lodos que corren en los ríos Ubaté, Simijacayparadójicamenteen el río Minero, a costa de la explotación de la mina de gravilla en Carmen de Carupa, en el departamento de Cundinamarca.   

No se trata entonces de una prohibición absoluta de la minería, sino de una adecuada evaluación de los riesgos que puede traer esta actividad en determinado territorio, que tiene otros modelos de desarrollo posible. Como se ha señalado a partir de la discusión suscitada por la votación en Cajamarca, debe hacerse un ejercicio de sumas y restas, donde se ponderen: costos sociales dentro de los que se incluyan aquellos para la salud de los habitantes de esos territorios, expuestos a sustancias tóxicas; y otros ambientales, como la afectación de fuentes hídricas y el impacto sobre las especies que habitan en esos territorios, con los posibles beneficios de la explotación minera. Sin embargo, se ha advertido que aún no se cuenta con información suficiente para realizar una ponderación adecuada. En dicho análisis debe tenerse en cuenta la calidad de los bienes por los que se estará poniendo en riesgo el medio ambiente. Son materias primas cuyos precios fluctúan según el comportamiento de mercados internacionales, y por lo tanto están sujetos a bajas espontáneas, en ocasiones imprevisibles, que podrían desequilibrar la ponderación inicial que hubiera dado lugar a avalar el proyecto minero. Además, como lo informó Astrid García, investigadora de Fedesarrollo en un informe para la industria minera hace cinco años: hay falta de información geológica, sobre infraestructura, áreas restringidas y se necesita hacer un catastro de hidrocarburos. Sin estas herramientas resulta imposible evaluar los verdaderos impactos ambientales que podría tener la actividad minera. Ante la duda lo más prudente es esperar.  

El afán del gobierno por poner en marcha la locomotora minera –una de las estrategias propuestas para el crecimiento económico, con la que llegó al poder en el 2010lo ha llevado a tomar medidas en contravía de mandatos legales y constitucionales. En diciembre de 2014, expidió el Decreto 2691, con el ánimo de eludir los pronunciamientos de la Corte Constitucional respecto a las consultas populares. Dicho acto pretendía dejar en manos del Ministerio de Minas la mayoría de las decisiones sobre el medio ambiente y sometía a las autoridades municipales a las disposiciones de esta cartera. Además, si los municipios querían oponerse a las actividades mineras en su territorio debían correr con gastos de estudios técnicos que sustentaran sus pretensiones, hecho que les supondría una excesiva carga fiscal, cuando en realidad su presupuesto a duras penas alcanza para su sostenimiento. El acto fue demandado frente al Consejo de Estado, que decidió decretar una medida provisional ante las abusivas intenciones del ejecutivo. 

La Corte Constitucional ha establecido la importancia de la participación popular en la toma de esta clase de decisiones. Sin embargo, contrario a lo que muchas veces se aduce, no se trata de un acto de creatividad de esta corporación; sino de un requisito establecido en la Ley 136 de 1994, que indica que los municipios tienen la responsabilidad de hacer consultas populares si un proyecto amenaza un cambio significativo en el uso del suelo. Por lo tanto, como lo ha señalado Diana Rodríguez, investigadora del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, no se trata de una simple posibilidad de las autoridades locales o de una invención jurisprudencial, sino de una obligación legal de los municipios. 

Tuvieron que pasar casi veinte años para que ese precepto se cumpliera y el municipio de Piedras dijera no a AngloGold Ashanti, como hace muy poco le dijo Cajamarca. Los territorios tienen la responsabilidad de señalar el camino que quieren seguir, el modelo de desarrollo con el que quieren progresar. Y tienen, en el sentido en el que lo ha indicado la Corte Constitucional, el deber de proteger el medio ambiente que les rodea, respetando y garantizando los derechos de la naturaleza como un sujeto anónimo. Ante las tentaciones del dinero, ante la presión del gobierno central, ante la falta de herramientas para evaluar justamente los impactos de la minería, la decisión de Cajamarca sólo puede tomarse como un triunfo de la democracia.

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