La
realidad demuestra que el fenómeno de la drogadicción en Colombia debe ser
atacado, a la luz de la Ley 1566, como un problema de salubridad pública, lo
cual implica políticas integrales que superen. el modelo represivo de la
prevención policiva.
Para nadie es un
secreto que la lucha contra el narcotráfico, que implica el ataque a la
producción, el transporte y el consumo de sustancias psicoactivas de carácter
ilegal, ha estado en las agendas de los gobiernos de las últimas décadas como
uno de sus puntos principales. Pero hasta ahora, no muchos de aquellos
gobernantes se han preguntado sobre el último punto, es decir, sobre el
consumo, particularmente desde la perspectiva de los dependientes de estas
sustancias, respecto de un tratamiento integral que implique su reintegración
social. No podemos seguir ignorando el problema de la drogadicción, viéndolo como
uno separado del narcotráfico, que implica violencia y delincuencia y que
necesita ser tratado de manera individual.
Es cierto que la
Corte Constitucional se ha venido refiriendo al drogadicto y a su condición como
un sujeto de especial protección estatal, por tratarse de una persona que
padece una enfermedad que afecta su autonomía y autodeterminación, que pone en
riesgo su integridad personal y que perturba su convivencia familiar, laboral y
social; y que, por tales razones,
requiere tratamiento médico. Según el tribunal, este escenario hace
necesaria la intervención del Estado en aras de proteger y garantizar los
derechos fundamentales del afectado. Sin embargo, las políticas estatales
relacionadas con el consumidor que sufre de dependencia crónica, han estado
direccionadas a la prevención policiva, es decir, a reprimir el consumo a
través de la coacción, entendiendo que la penalización es la medida idónea para
frenar el número de usuarios de sustancias psicoactivas y psicotrópicas, pues
se trata de un problema social producido por una conducta anormal que debe
castigarse. De esta manera, la administración, en términos generales, ha
diseñado estudios, encuestas y programas dirigidos a frenar el consumo, pero sin tener en cuenta
las opiniones de cada drogadicto en particular, olvidando que el suyo no es un problema
de ilegalidad, pues la drogadicción no es un fenómeno jurídico sino social, que
debe ser atacado de manera integral.
Por la necesidad de
redireccionar la problemática, por iniciativa del senador Juan Manuel Galán, se
crea la ley 1566 de 2012, que busca garantizar la atención integral a personas
que consumen sustancias psicoactivas, reconociendo así la adicción como una
enfermedad en Colombia. Este reconocimiento significa un avance legislativo respecto
de un grupo de personas que no siempre ha sido considerado en estado de
indefensión y de vulnerabilidad, sino que por el contrario, se les ha castigado
y culpado a nivel ético y social por generar espacios de ilegalidad. Pero hoy, esta
nueva postura frente al consumo significa un paso considerable hacia una
sociedad más comprensiva y sensible, que entiende que más allá de calificar una
conducta como legal o ilegal, hace real la connotación social de su Estado de
Derecho. Se debe aplaudir la iniciativa, pues ya ha traído consigo los primeros
resultados en ciudades como Bogotá. En esta ciudad, se han creado Centros de
Atención Móvil a Drogodependientes (CAMAD) diseñados para personas que se
encuentran en situación de riesgo y exclusión social por altos niveles de
dependencia a las drogas, y que están
vinculadas a actividades delictivas asociadas con el consumo
Aunque la política
de Petro ha generado polémica respecto del expendio de sustancias ilegales en
los CAMAD, que comenzaron a operar en septiembre, ésta ha demostrado resultados
exitosos en los lugares estratégicos en los que se han situado los primeros (el
Bronx y el Amparo, en Kennedy). Éstos han sido bien recibidos por los
habitantes, quienes al principio se encontraban renuentes, pero que, una vez
vieron su funcionamiento, no han dejado de acudir a ellos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario