miércoles, 2 de mayo de 2012

La condena de los medios



Sobre la prudencia informativa

Dibujo de Juliana Araújo
La condena de los medios

El estallido mediático de que son objeto ciertos procesos judiciales, especialmente de carácter penal, debe recibir reproche por el mal manejo que se hace de ellos. El problema es la falta de información.

Por: Sebastián Luque Charry

Difícil es olvidar el caso del abogado Abello y el joven Daniel Klug, o el del patrullero de la policía William Alarcón y el joven Becerra Lizarazo (mejor conocido por los medios como el joven grafitero), o, mejor aún, el tan deslucido caso Colmenares o el caso AIS. Estos eventos, así como muchos otros que no acabaríamos de nombrar,  tienen una cosa en común; han sido objeto de una masiva explotación mediática que agotó los temas hasta el cansancio y presionó y sigue presionando las respectivas decisiones que se toman, tanto por el poder judicial como por la opinión general.


Nadie puede ser tan obstinado de negar que la influencia que tienen los medios de comunicación en la psiquis de cada uno de nosotros, es determinante para crear nuestros propios juicios sobre acontecimientos tan delicados. Ante un suceso de interés público se tiene una de dos opciones, o se informa o se opina sobre el mismo. Se trata de una división muy sencilla que, aparentemente, tienen clara los importantes medios de comunicación en el país, pero que cuando se pasa revista a la cobertura que se realiza sobre asuntos como los ya mencionados, parece caerse en un gravísimo error, cual es el de confundir la información con la opinión.

El resultado de ello es magnífico, pues tiene ante usted no una noticia seca y objetiva del suceso, sino una mezcla sensacional de hechos, especulaciones y puntos de vista diversos que crean una imagen mucho más impactante y, por ello mismo, más llamativa sobre la realidad de los acontecimientos. Con ello tenemos pan y circo, y con amplia seguridad, nos abalanzamos a juzgar con total certeza sobre la desgracia de unos o la bajeza de otros. Y es que mientras todo ello sucede, una cosa se está pasando por alto, una cosa muy importante, de hecho. Nada ha ocurrido aún.

La lógica diría que el linchamiento generalizado y la crítica popular deberían darse siempre de manera posterior a las condenas, es decir, deberían darse cuando se logra probar de la única manera posible que una persona no es inocente, esto es, cuando se declara judicialmente culpable, y es que no es quien escribe quien habla, es la ley, es la Constitución la que lo hace. Cada quien tiene derecho a opinar sobre las circunstancias, a especular y hasta a afirmar puntos de vista morales sobre sucesos como el caso Colmenares, nunca puede obligarse a nadie a callar ello, pero cuando se haga, debe especificarse que no se está contando un relato ni describiendo un suceso, sino que se está opinando. Con más veras, es una aclaración que deben realizar los medios de comunicación, que son en quienes depositamos entera confianza sobre muchas de las circunstancias que nos influyen a diario.

Tienen el deber de ser especialmente delicados y cuidadosos en este aspecto, pues sus conceptos tienen un impacto demasiado alto en los espectadores e involucrados.  Por más inocente que pueda ser declarada una persona, después de un manejo como el que se le dio al caso de AIS o al del joven Klug, los acusados quedan tachados de parias, por largo tiempo, pues el periodismo jamás se encargará de dar protagonismo a la inocencia de una figura de interés como el que sí le da a su acusación y procesamiento.

La peor parte se la llevan los implicados. No son  únicamente las partes de un proceso, son los jueces, los defensores, las víctimas y todas las personas involucradas en un acontecimiento de interés público, que deben ser sometidos a la más angustiante presión mediática. Basta con echar un vistazo a alguna entrevista televisiva que a cualquiera de los abogados, fiscales o familiares del caso Colmenares realizan. Decenas de aparatos que no les dejan ver  más que el rostro, les obligan a esforzarse en cortas y ahogadas réplicas que nunca dejan nada claro.

La información que a diario recibimos, rebosa, y estudiar cada suceso del que nos enteramos a profundidad, es un imposible, por ello debemos tomar esta información con prudencia y los medios deben ayudarnos con ello, dejando siempre claro lo que constituye noticia y lo que constituye opinión, dando un espacio a las personas que son objeto de interés público y, sobre todo, centrando la atención en las decisiones finales y no en los procesos, pues en juego están la imagen del implicado y la claridad del público.


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Entrevista a Juan Felipe García[1]
Foto de Valentina Ibáñez

Por: María Paulina Domínguez Hernández

FORO JAVERIANO: ¿Cuáles son los efectos de la transgresión de la ley desde una aproximación psicoanalítica?

Juan Felipe García: La administración de justicia en todas las sociedades se realiza bajo un ritual, la función de este es recomponer las fuerzas que desequilibró la transgresión de la ley. Este ritual tiene dos elementos: uno de forma y uno de fondo. El elemento de forma se encuentra materializado en la estética de la justicia, por ejemplo la infraestructura del Palacio de justicia, la toga del juez y otros formalismos. El segundo elementos hace referencia al sentido ético del ritual, que responde a ¿cuál es el sentido o finalidad del rito?
Históricamente se ha demostrado que algunas sociedades priorizan el elemento formal, la exhibición del rito, para demostrar que la sociedad tiene la fortaleza de hallar un culpable, castigarlo, y de esa forma enviar un mensaje que dice que la ley es más fuerte que el individuo, que la ley es incuestionable. En síntesis, se trata de un modelo de exhibición del culpable.

Otras sociedades optan por un modelo de justicia, que podría llamarse simbólico. Tras la transgresión, la sociedad en general se pregunta frente a la ley: ¿Por qué el sujeto transgredió la ley? ¿Cuál es la responsabilidad de la sociedad respecto del sujeto? ¿La ley está sirviendo como elemento de equilibrio en la sociedad? La finalidad de la ley no es tanto hallar el único culpable en la sociedad sino más bien tratar de buscar que tanto el individuo como la sociedad logren identificar la causa del desequilibrio para hacer un pacto simbólico en torno a la ley que produce equilibrio social.

F.J: ¿Cuál de los dos modelos anteriores es acogido por la sociedad moderna?

J.F.G: Las investigaciones han demostrado que los seres humanos se sienten muy atraídos por los modelos de exhibición de culpabilidad. Esto sucede porque es más fácil en un ritual identificarse con el fuerte que con el débil, entendiendo por el fuerte al ente sancionador y por el débil al sujeto que transgredió la ley. Al hallar al culpable, la sociedad se siente tranquila, activando el mecanismo de “chivo expiatorio”, y ahorrándole la pregunta a los demás miembros de la sociedad sobre su responsabilidad frente al desequilibrio social.

F.J: ¿Qué hace el derecho penal para restablecer el equilibrio en la aplicación de justicia?

J.F.G: En la modernidad surge la dogmática del derecho penal tratando de construir herramientas para equilibrar un juicio penal entre el Estado como todo poderoso y el ciudadano. Pero estas normas tienen una función simbólica o dogmática que para que sean aplicadas requieren del compromiso e identificación de una comunidad para defenderlas.

F.J: ¿Cómo influye el uso del lenguaje verbal y no verbal, de los medios de comunicación en la sanción penal y social del sujeto que transgrede la ley?

J.F.G: En las sociedades contemporáneas, los medios masivos de comunicación, para aumentar sus audiencias ávidas de evasión de responsabilidades y de entretenimiento, cumplen el papel de exhibición de los culpables. Los medios usan el lenguaje para simplificar transgresiones muy complejas de la ley, rotulándolas con expresiones carnavalescas como “el carrusel de la contratación”, “las pescas milagrosas”, “el paseo millonario”, “los falsos positivos” etc. Después de esa nominación, dejando de lado cualquier reconstrucción de un contexto social sobre la transgresión, pasan a hallar y exhibir las imágenes de los culpables.

F.J: ¿Cree usted que la implementación de estos rituales obstruye en la administración de justicia?

J.F.G: En algunos casos si lo hacen. Pues alimentan en las audiencias la sed de hallar a toda costa un culpable, creando una ola de presión sobre quienes administran justicia, los cuales terminan haciendo concesiones frente a los principios garantistas de la dogmática penal. Lo que es preciso subrayar en estos procesos de exacerbación del mecanismo de chivo expiatorio por parte de los medios de comunicación, es que a la vez que hallan y exhiben el culpable, otros desequilibrios quedan en la impunidad. No se olvide que estos medios son propiedad de los agentes que mayor poder económico tienen en la sociedad colombiana: hallando todos los días “los culpables del mal en la sociedad”, al mismo tiempo se exculpan de los desequilibrios sociales que ellos mismos producen; dejando una sociedad “tranquila” pero sumida en un profundo desequilibrio.


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Entrevista a Juan Carlos Prías Bernal[2]

Archivo personal
Por: Laura Aristizábal Borrero y Luz Juanita Valencia Cortés

FORO JAVERIANO: ¿Cuáles cree usted que son los principales efectos de la influencia de los medios de comunicación en los procesos penales?

Juan Carlos Prías Bernal: Por un lado, existe una capacidad de denuncia social por parte de la prensa que debe ser analizada armónicamente con el derecho a la intimidad y al buen nombre. El papel de los medios de comunicación en relación con el primer aspecto ha sido muy interesante, un ejemplo paradigmático es el caso Watergate que fue develado precisamente por un medio escrito. Del otro lado está el ciudadano del común, quien evidentemente puede verse perjudicado ante cualquier exceso que rebase los límites del derecho a la información. Recuerde por ejemplo cómo hace unos años, un periódico amarillista publicó que una menor de edad se encontraba poseída por el demonio; seguramente sufría de epilepsia o algo parecido, pero a raíz de esta publicación, fue completamente segregada de su comunidad. Imagínese entonces cuando, como es de común usanza, un medio influyente juzga y condena públicamente a una persona como delincuente. El efecto es múltiple porque ni una sentencia judicial absolutoria alcanza para limpiar su nombre. Pero además, pese a la presunta independencia judicial, los jueces también leen la prensa y escuchan la radio, de forma tal que resulta humanamente previsible que resulten influidos por el escándalo. Adicionalmente, cuando se debe hacer una rectificación, ésta se realiza no siempre con igual despliegue ya que la noticia sobre la honradez no vende tanto como la de la ocurrencia de un delito

F.J: ¿Con respecto a las medidas que pueden tomar los jueces para evitar la publicidad excesiva en ciertos casos, conoce usted algún caso en Colombia en el que éstas hayan sido aplicadas?

J.C.P: Dentro del proceso penal la principal medida de protección es la reserva sumarial o de la investigación, que se funda  tanto en la eficiencia e integridad de la misma, como en el derecho a la intimidad, a la honra y al buen nombre de los procesado, cuya presunción de inocencia se mantiene incólume hasta la ejecutoria de una sentencia condenatoria. En nuestro medio, la reserva sumarial o de la investigación se ha convertido en un objeto de burla y yo no conozco la primera sanción a su violación a pesar de que la misma se encuentre protegida, incluso penalmente. El problema es que en nuestra sociedad hay una tendencia a manejar los procesos, no dentro del expediente sino ante los medios de comunicación, por eso la mayoría de las veces la violación de la confidencialidad no proviene de los funcionarios sino de las partes.

F.J: Con respecto a la información que brindan los medios de comunicación al respecto de los procesos penales ¿Cree usted que esta información está bien suministrada?

J.C.P: No, las informaciones regularmente son confusas y alejadas de la realidad, empampadas generalmente del criterio subjetivo del que las suministra. Existe una realidad mediática y una realidad procesal, y el problema es que estas dos realidades pocas veces concuerdan. Adicionalmente, los medios de comunicación tienen que entender que la reputación de una persona no es una pared en blanco en la cual se pueda escribir irresponsablemente cualquier cosa que después, de ser errada, pueda borrarse.

F.J: ¿Cree usted que los abogados penalistas tienden a convertirse en figuras mediáticas?

J.C.P: Sí, y creo que eso viene desde hace mucho tiempo, sin que necesariamente deba otorgarse a esto un  significado negativo. Desde Roma los grandes juristas se caracterizaban por ser personajes públicos, muy letrados y con gran verbo. Nuestra historia también consagra grandes figuras mediáticas construidas desde el ejercicio profesional. Son antológicas las defensas de Jorge Eliecer Gaitán gran penalista y orador en el foro. Claro, se trataba de un ejercicio dirigido al jurado de conciencia. Hoy las grandes audiencias se transmiten en vivo a millones de personas, pero se fallan  por un juez técnico que no se desliga fácilmente de la presión mediática. 

F.J: ¿Cree usted que el trecho que existe entre lo que deben mostrar los medios y lo que en realidad muestran es algo accidental o es intencional?

J.C.P: Yo creo no existen posturas políticas neutras, ni siquiera en el contenido de los fallos judiciales pues al fin y al cabo ellos se profieren en defensa de un determinado sistema social. Lo que se debe hacer es evitar que la prensa asuma el papel de juez o que lo reemplace anticipadamente.  No es anacrónico el aserto de que la prensa en un estado de derecho es libre pero responsable. Adicionalmente, es evidente  que la propiedad los medios de comunicación define parte de la respuesta, porque éstos, en manos de los más poderosos, tienen el peligro de servir a intereses y propósitos particulares por encima del deber de informar objetivamente.

F.J: ¿Cuál es entonces la solución?

J.C.P: La oralidad y la publicidad del proceso es inevitable y hace parte de una democracia participativa dentro de la cual el ciudadano tiene el derecho de conocer, especialmente en lo penal, el contenido de sus debates y fallos judiciales. Por eso la solución no puede consistir en cerrar las  puertas de las audiencias o restringir su publicidad. El esfuerzo debe centrarse en una capacitación multidisciplinaria ética y objetiva por parte de los medios de comunicación, fundada en la especialización de sus agentes.




[1]Profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas, Departamento de Filosofía e Historia del Derecho

[2] Abogado penalista y profesor de Derecho Penal 

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