Sobre la prudencia
informativa
Dibujo de Juliana Araújo |
La
condena de los medios
El estallido mediático
de que son objeto ciertos procesos judiciales, especialmente de carácter penal,
debe recibir reproche por el mal manejo que se hace de ellos. El problema es la
falta de información.
Por:
Sebastián Luque Charry
Difícil es olvidar el
caso del abogado Abello y el joven Daniel Klug, o el del patrullero de la
policía William Alarcón y el joven Becerra Lizarazo (mejor conocido por los
medios como el joven grafitero), o,
mejor aún, el tan deslucido caso Colmenares o el caso AIS. Estos eventos, así
como muchos otros que no acabaríamos de nombrar, tienen una cosa en común; han sido objeto de
una masiva explotación mediática que agotó los temas hasta el cansancio y
presionó y sigue presionando las respectivas decisiones que se toman, tanto por
el poder judicial como por la opinión general.
Nadie puede ser tan
obstinado de negar que la influencia que tienen los medios de comunicación en
la psiquis de cada uno de nosotros, es determinante para crear nuestros propios
juicios sobre acontecimientos tan delicados. Ante un suceso de interés público
se tiene una de dos opciones, o se informa o se opina sobre el mismo. Se trata
de una división muy sencilla que, aparentemente, tienen clara los importantes
medios de comunicación en el país, pero que cuando se pasa revista a la
cobertura que se realiza sobre asuntos como los ya mencionados, parece caerse
en un gravísimo error, cual es el de confundir la información con la opinión.
El resultado de ello es
magnífico, pues tiene ante usted no una noticia seca y objetiva del suceso,
sino una mezcla sensacional de hechos, especulaciones y puntos de vista
diversos que crean una imagen mucho más impactante y, por ello mismo, más llamativa
sobre la realidad de los acontecimientos. Con ello tenemos pan y circo, y con
amplia seguridad, nos abalanzamos a juzgar con total certeza sobre la desgracia
de unos o la bajeza de otros. Y es que mientras todo ello sucede, una cosa se
está pasando por alto, una cosa muy importante, de hecho. Nada ha ocurrido aún.
La lógica diría que el
linchamiento generalizado y la crítica popular deberían darse siempre de manera
posterior a las condenas, es decir, deberían darse cuando se logra probar de la
única manera posible que una persona no es inocente, esto es, cuando se declara
judicialmente culpable, y es que no es quien escribe quien habla, es la ley, es
la Constitución la que lo hace. Cada quien tiene derecho a opinar sobre las
circunstancias, a especular y hasta a afirmar puntos de vista morales sobre
sucesos como el caso Colmenares, nunca puede obligarse a nadie a callar ello,
pero cuando se haga, debe especificarse que no se está contando un relato ni
describiendo un suceso, sino que se está opinando. Con más veras, es una aclaración
que deben realizar los medios de comunicación, que son en quienes depositamos
entera confianza sobre muchas de las circunstancias que nos influyen a diario.
Tienen el deber de ser
especialmente delicados y cuidadosos en este aspecto, pues sus conceptos tienen
un impacto demasiado alto en los espectadores e involucrados. Por más inocente que pueda ser declarada una
persona, después de un manejo como el que se le dio al caso de AIS o al del
joven Klug, los acusados quedan tachados de parias, por largo tiempo, pues el
periodismo jamás se encargará de dar protagonismo a la inocencia de una figura
de interés como el que sí le da a su acusación y procesamiento.
La peor parte se la
llevan los implicados. No son únicamente
las partes de un proceso, son los jueces, los defensores, las víctimas y todas
las personas involucradas en un acontecimiento de interés público, que deben
ser sometidos a la más angustiante presión mediática. Basta con echar un vistazo
a alguna entrevista televisiva que a cualquiera de los abogados, fiscales o
familiares del caso Colmenares realizan. Decenas de aparatos que no les dejan
ver más que el rostro, les obligan a
esforzarse en cortas y ahogadas réplicas que nunca dejan nada claro.
La
información que a diario recibimos, rebosa, y estudiar cada suceso del que nos
enteramos a profundidad, es un imposible, por ello debemos tomar esta
información con prudencia y los medios deben ayudarnos con ello, dejando
siempre claro lo que constituye noticia y lo que constituye opinión, dando un
espacio a las personas que son objeto de interés público y, sobre todo,
centrando la atención en las decisiones finales y no en los procesos, pues en
juego están la imagen del implicado y la claridad del público.
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Entrevista a Juan Felipe García[1]
Por:
María Paulina Domínguez Hernández
FORO
JAVERIANO: ¿Cuáles son los efectos de la transgresión de la ley desde una
aproximación psicoanalítica?
Juan Felipe García: La
administración de justicia en todas las sociedades se realiza bajo un ritual,
la función de este es recomponer las fuerzas que desequilibró la transgresión
de la ley. Este ritual tiene dos elementos: uno de forma y uno de fondo. El
elemento de forma se encuentra materializado en la estética de la justicia, por
ejemplo la infraestructura del Palacio de justicia, la toga del juez y otros
formalismos. El segundo elementos hace referencia al sentido ético del ritual,
que responde a ¿cuál es el sentido o finalidad del rito?
Históricamente se ha
demostrado que algunas sociedades priorizan el elemento formal, la exhibición
del rito, para demostrar que la sociedad tiene la fortaleza de hallar un
culpable, castigarlo, y de esa forma enviar un mensaje que dice que la ley es
más fuerte que el individuo, que la ley es incuestionable. En síntesis, se
trata de un modelo de exhibición del culpable.
Otras sociedades optan
por un modelo de justicia, que podría llamarse simbólico. Tras la transgresión,
la sociedad en general se pregunta frente a la ley: ¿Por qué el sujeto
transgredió la ley? ¿Cuál es la responsabilidad de la sociedad respecto del
sujeto? ¿La ley está sirviendo como elemento de equilibrio en la sociedad? La
finalidad de la ley no es tanto hallar el único culpable en la sociedad sino más
bien tratar de buscar que tanto el individuo como la sociedad logren
identificar la causa del desequilibrio para hacer un pacto simbólico en torno a
la ley que produce equilibrio social.
F.J:
¿Cuál de los dos modelos anteriores es acogido por la sociedad moderna?
J.F.G: Las investigaciones
han demostrado que los seres humanos se sienten muy atraídos por los modelos de
exhibición de culpabilidad. Esto sucede porque es más fácil en un ritual
identificarse con el fuerte que con el débil, entendiendo por el fuerte al ente
sancionador y por el débil al sujeto que transgredió la ley. Al hallar al culpable,
la sociedad se siente tranquila, activando el mecanismo de “chivo expiatorio”, y ahorrándole la
pregunta a los demás miembros de la sociedad sobre su responsabilidad frente al
desequilibrio social.
F.J:
¿Qué hace el derecho penal para restablecer el equilibrio en la aplicación de
justicia?
J.F.G: En la modernidad
surge la dogmática del derecho penal tratando de construir herramientas para
equilibrar un juicio penal entre el Estado como todo poderoso y el ciudadano.
Pero estas normas tienen una función simbólica o dogmática que para que sean
aplicadas requieren del compromiso e identificación de una comunidad para
defenderlas.
F.J:
¿Cómo influye el uso del lenguaje verbal y no verbal, de los medios de
comunicación en la sanción penal y social del sujeto que transgrede la ley?
J.F.G: En las sociedades
contemporáneas, los medios masivos de comunicación, para aumentar sus
audiencias ávidas de evasión de responsabilidades y de entretenimiento, cumplen
el papel de exhibición de los culpables. Los medios usan el lenguaje para
simplificar transgresiones muy complejas de la ley, rotulándolas con
expresiones carnavalescas como “el carrusel de la contratación”, “las pescas
milagrosas”, “el paseo millonario”, “los falsos positivos” etc. Después de esa
nominación, dejando de lado cualquier reconstrucción de un contexto social
sobre la transgresión, pasan a hallar y exhibir las imágenes de los culpables.
F.J:
¿Cree usted que la implementación de estos rituales obstruye en la
administración de justicia?
J.F.G:
En algunos casos si lo hacen. Pues alimentan en las audiencias la sed de hallar
a toda costa un culpable, creando una ola de presión sobre quienes administran
justicia, los cuales terminan haciendo concesiones frente a los principios
garantistas de la dogmática penal. Lo que es preciso subrayar en estos procesos
de exacerbación del mecanismo de chivo expiatorio por parte de los medios de
comunicación, es que a la vez que hallan y exhiben el culpable, otros
desequilibrios quedan en la impunidad. No se olvide que estos medios son
propiedad de los agentes que mayor poder económico tienen en la sociedad
colombiana: hallando todos los días “los culpables del mal en la sociedad”, al
mismo tiempo se exculpan de los desequilibrios sociales que ellos mismos
producen; dejando una sociedad “tranquila” pero sumida en un profundo
desequilibrio.
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FORO JAVERIANO:
¿Cuáles cree usted que son los principales efectos de la influencia de los
medios de comunicación en los procesos penales?
Juan
Carlos Prías Bernal: Por un lado, existe una capacidad de denuncia social por
parte de la prensa que debe ser analizada armónicamente con el derecho a la
intimidad y al buen nombre. El papel de los medios de comunicación en relación
con el primer aspecto ha sido muy interesante, un ejemplo paradigmático es el
caso Watergate que fue develado precisamente por un medio escrito. Del otro
lado está el ciudadano del común, quien evidentemente puede verse perjudicado
ante cualquier exceso que rebase los límites del derecho a la información.
Recuerde por ejemplo cómo hace unos años, un periódico amarillista publicó que
una menor de edad se encontraba poseída por el demonio; seguramente sufría de
epilepsia o algo parecido, pero a raíz de esta publicación, fue completamente
segregada de su comunidad. Imagínese entonces cuando, como es de común usanza,
un medio influyente juzga y condena públicamente a una persona como
delincuente. El efecto es múltiple porque ni una sentencia judicial absolutoria
alcanza para limpiar su nombre. Pero además, pese a la presunta independencia
judicial, los jueces también leen la prensa y escuchan la radio, de forma tal
que resulta humanamente previsible que resulten influidos por el escándalo.
Adicionalmente, cuando se debe hacer una rectificación, ésta se realiza no
siempre con igual despliegue ya que la noticia sobre la honradez no vende tanto
como la de la ocurrencia de un delito
F.J: ¿Con
respecto a las medidas que pueden tomar los jueces para evitar la publicidad
excesiva en ciertos casos, conoce usted algún caso en Colombia en el que éstas
hayan sido aplicadas?
J.C.P:
Dentro del proceso penal la principal medida de protección es la reserva
sumarial o de la investigación, que se funda
tanto en la eficiencia e integridad de la misma, como en el derecho a la
intimidad, a la honra y al buen nombre de los procesado, cuya presunción de
inocencia se mantiene incólume hasta la ejecutoria de una sentencia
condenatoria. En nuestro medio, la reserva sumarial o de la investigación se ha
convertido en un objeto de burla y yo no conozco la primera sanción a su violación
a pesar de que la misma se encuentre protegida, incluso penalmente. El problema
es que en nuestra sociedad hay una tendencia a manejar los procesos, no dentro
del expediente sino ante los medios de comunicación, por eso la mayoría de las
veces la violación de la confidencialidad no proviene de los funcionarios sino
de las partes.
F.J: Con
respecto a la información que brindan los medios de comunicación al respecto de
los procesos penales ¿Cree usted que esta información está bien suministrada?
J.C.P:
No, las informaciones regularmente son confusas y alejadas de la realidad,
empampadas generalmente del criterio subjetivo del que las suministra. Existe
una realidad mediática y una realidad procesal, y el problema es que estas dos
realidades pocas veces concuerdan. Adicionalmente, los medios de comunicación
tienen que entender que la reputación de una persona no es una pared en blanco
en la cual se pueda escribir irresponsablemente cualquier cosa que después, de
ser errada, pueda borrarse.
F.J: ¿Cree usted
que los abogados penalistas tienden a convertirse en figuras mediáticas?
J.C.P:
Sí, y creo que eso viene desde hace mucho tiempo, sin que necesariamente deba
otorgarse a esto un significado
negativo. Desde Roma los grandes juristas se caracterizaban por ser personajes
públicos, muy letrados y con gran verbo. Nuestra historia también consagra
grandes figuras mediáticas construidas desde el ejercicio profesional. Son
antológicas las defensas de Jorge Eliecer Gaitán gran penalista y orador en el
foro. Claro, se trataba de un ejercicio dirigido al jurado de conciencia. Hoy
las grandes audiencias se transmiten en vivo a millones de personas, pero se
fallan por un juez técnico que no se
desliga fácilmente de la presión mediática.
F.J: ¿Cree usted
que el trecho que existe entre lo que deben mostrar los medios y lo que en
realidad muestran es algo accidental o es intencional?
J.C.P:
Yo creo no existen posturas políticas neutras, ni siquiera en el contenido de
los fallos judiciales pues al fin y al cabo ellos se profieren en defensa de un
determinado sistema social. Lo que se debe hacer es evitar que la prensa asuma
el papel de juez o que lo reemplace anticipadamente. No es anacrónico el aserto de que la prensa
en un estado de derecho es libre pero responsable. Adicionalmente, es
evidente que la propiedad los medios de
comunicación define parte de la respuesta, porque éstos, en manos de los más
poderosos, tienen el peligro de servir a intereses y propósitos particulares
por encima del deber de informar objetivamente.
F.J: ¿Cuál es
entonces la solución?
J.C.P:
La oralidad y la publicidad del proceso es inevitable y hace parte de una
democracia participativa dentro de la cual el ciudadano tiene el derecho de
conocer, especialmente en lo penal, el contenido de sus debates y fallos
judiciales. Por eso la solución no puede consistir en cerrar las puertas de las audiencias o restringir su
publicidad. El esfuerzo debe centrarse en una capacitación multidisciplinaria
ética y objetiva por parte de los medios de comunicación, fundada en la
especialización de sus agentes.
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