sábado, 11 de febrero de 2012

El caso de Baltasar Garzón


Una decisión polémica

El caso de Baltasar Garzón

Por: Olivia Castellanos
         Estudiante de la Universidad de Salamanca

La decisión del Tribunal Supremo de España le pone fin a la carrera judicial de  Baltasar Garzón. Fue así como lo declaró culpable tras comprobar que  violentó el derecho a la defensa cuando ordenó grabar unas conversaciones en prisión entre abogados defensores y sus respectivos clientes quienes eran “presuntos cabecillas de una red corrupta” que en el 2009 implicó a altos cargos del Partido Popular que hoy en día gobierna España.


En este sentido, Baltasar garzón fue condenado a 11 de años de inhabilidad por haber realizado interceptaciones ilegales tras ser juzgado por los delitos de prevaricato y por la violación de las garantías Constitucionales mediante la interceptación de estas comunicaciones. De esta forma, el Tribunal Supremo Español, falló por unanimidad de los 7 magistrados que juzgaron a Garzón. Siendo el titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, Garzón había sido suspendido desde el 2010 pero este fallo del tribunal supone la pérdida definitiva de la posición de juez que había asumido Garzón durante su carrera. El tribunal afirmó que en su defensa, Garzón no esgrimió ninguna prueba que resultara “medianamente aceptable” para justificar la orden de interceptación haciendo que esta medida constituyera una resolución injusta y restringiera el derecho de defensa de los imputados.

Frente a este fallo del tribunal, respetados juristas españoles salieron a criticar la condena y señalaron que “el juez Garzón ha sido objeto de una cacería y ha sido perseguido no por tener un comportamiento antijurídico, sino por haber utilizado todos los medios a su alcance para resolver una "trama de corrupción de cuello blanco y de altas esferas". Por otro lado, miembros de la judicatura española piden que se respete el fallo producido afirmando que esta sentencia sienta jurisprudencia importante en un sistema jurídico que sigue creyendo que los sindicados tienen un derecho de defensa limitado en el que no hay garantías para proteger.

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