lunes, 12 de marzo de 2018

Un golpe directo a la libertad de prensa en Colombia


-->
-->

¿Que se revelen las fuentes periodísticas?
Un golpe directo a la libertad de prensa en Colombia

Una polémica decisión emitida por la Corte Suprema de Justicia ha causado revuelto y conmoción frente al derecho a la libertad de prensa en Colombia.
Autor: Natalia Botero
Un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia podría amenazar el derecho a la libertad de prensa, pues busca que los medios periodísticos revelen sus fuentes a la hora de publicar su información. Sin embargo, ¿no es esto una violación directa al secreto profesional que establece nuestra Carta Política?
La decisión de la Corte fue tomada a raíz de los siguientes hechos: en el 2013, la revista Dinero –que hace parte del catálogo de Publicaciones Semana– divulgó un artículo llamado “Los Pecados De Eike”. En éste, se dieron conocer una serie de escándalos por parte del brasilero Eike Batista, un inversionista extranjero. Sin embargo, el hecho que aquí interesa es que en dicho artículo se cuestionó por la gestión de la exviceministra de Aguas del Ministerio de Ambiente, Leyla Rojas Moreno.
Así las cosas, la exviceministra demandó a Publicaciones Semana por el artículo propagado en la revista, con el argumento de haber sido víctima de dicha publicación, ya que en éste se vulneraba el derecho a su honra. Por tal razón, solicitó las fuentes utilizadas en el artículo para identificar de dónde se había obtenido la información allí consignada. El juez de conocimiento, negó la solicitud de la demandante; sin embargo, el Tribunal Superior de Bogotá, posteriormente, autorizó el requerimiento de Rojas Moreno.
En contraposición a la decisión tomada por el Tribunal Superior de Bogotá, Publicaciones Semana interpuso una acción de tutela en la que argumentaba que la decisión tomada por el Tribunal afectaba directamente el derecho a la libertad de prensa, consagrado en la Constitución Política, al ordenar que se revelaran las fuentes de su publicación.
La acción de tutela interpuesta por Semana, llegó a instancias de la Corte Suprema de Justicia. Frente a este mecanismo, el Alto Tribunal, con el magistrado Armando Tolosa Villabona como ponente, respondió que, por un lado, la acción de tutela interpuesta no cumplió con el requisito de inmediatez, propio de este mecanismo, ya que ésta no se interpuso dentro de los 6 meses siguientes a la decisión tomada por el Tribunal Superior de Bogotá. Por otro lado, argumentó también que la exhibición de las comunicaciones es “indispensable (…) a fin de conocer la autenticidad de las afirmaciones efectuadas en el artículo”, así como también, señaló que, a pesar de que el periodismo ostenta rango constitucional, éste no es un derecho absoluto, pues no implica acabar con ciertos derechos, como la intimidad y el honor.
No obstante lo anterior, el magistrado Tolosa reconoció frente a la situación que aún no se ha dictado sentencia de fondo y que es posible controvertir su decisión mediante los recursos pertinentes.
Lo preocupante de la decisión es que, cuando una persona revela información importante a la prensa, prefiere hacerlo bajo el anonimato, ya que en bastantes ocasiones puede sentir que por aquello que informó se podría sufrir algún tipo de perjuicio. Si los medios de comunicación no llegaran a otorgar la garantía de la confidencialidad, lo más probable es que muchas personas que tengan y quieran revelar información, no lo terminen haciendo por miedo a lo que podría pasar si se revelara su identidad.
La Corte Constitucional ha manifestado que las personas que ostentan cargos públicos, inmediatamente se convierten en centros de atención para la sociedad. Inevitablemente, aquellas personas han aceptado el riesgo de verse afectadas por críticas o revelaciones, ya que existe un interés general de la población de conocer tanto su conducta ética como moral.
Igualmente, la Corte ha consagrado que en el caso de las personas que ostentan cargos públicos, como es el caso de la exviceministra Rojas, cuando se llegan a presentar conflictos entre el derecho a la información y el derecho a la honra, predomina el primero de ellos.
Por lo tanto, imponerle a los medios de comunicación la obligación de revelar todas sus fuentes es un golpe directo no sólo para la libertad de prensa en el país, sino también para la democracia. A los medios de comunicación se les debe conceder la mayor libertad posible para que éstos puedan revelar la información sin ningún tipo de censura, para que la sociedad pueda conocer la información relacionada con las entidades estatales y servidores públicos, y así, lograr que exista algún tipo de control sobre sus actuaciones.






No hay comentarios:

Publicar un comentario