Soy Gay y parrillero: un problema de Política
Criminal
Autor: Carlos Vergara Díaz
Alexander y Jerson* son pareja. Viven en Bogotá
en la localidad del Tunal y su medio de transporte diario es una motocicleta
que con mucho esfuerzo compraron hace tres años. Alexander trabaja en una compañía de seguros
en Chapinero y Jerson como asistente de proyectos en una agencia de inversión
cerca al parque de la 93.
“Perdimos nuestra plata,
nuestro medio de transporte; somos maricas, nos discriminan en el barrio por
estar juntos y ahora ni siquiera nos podemos transportar por el solo hecho de
ser hombres”, dijo Alexander en una
entrevista realizada por FORO JAVERIANO.
El caso de Alexander y Jerson expone una serie de
tensiones por cuenta del decreto que esta semana el Alcalde Mayor de Bogotá comunicó
a la opinión publica, donde se prohibirá, a partir del 30 de Enero de 2018, la
circulación de motocicletas que transporten a parrilleros hombres mayores de 14
años en diferentes zonas de la ciudad.
¿Es la seguridad un argumento suficiente para
tomar medidas discriminatorias y limitantes de derechos fundamentales? ¿Qué
criterios tiene en cuenta la administración al momento de formular la política
criminal?
La iniciativa no es nueva. En ciudades como
Barranquilla (D. 0891/2017), Cartagena (D. 1424/2016), Cali (D 434/2017) e
inclusive Bogotá (D. 346/2002) han existido normas similares. En los casos de
Medellín donde según informes de las autoridades se han salvado 91 vidas desde
el 2014 hasta el 30 de Enero de 2018 y
Cali, donde el numero de victimas
se han reducido en un 23% anualmente, demuestra para muchos el éxito de la
prohibición y una razón sencilla para implementarla nuevamente en la Capital.
Sin embargo, la medida tiene un tinte discriminatorio
y poco inclusivo. El sistema penal colombiano se basa en el acto sin importar
las características que tenga el sujeto activo. Si bien es cierto que algunas
conductas requieren una calificación jurídica específica, la mayoría de
modalidades delictivas que suelen ocurrir al momento de un atraco, como lo es
el hurto o el homicidio, no cuentan con
esto.
De lo anterior se configura una problemática clara
respecto a cómo se formula de política criminal y su vinculación con la
seguridad, lo que le da un carácter voluble y reaccionario.
La Corte Constitucional, a raíz de las acciones
de tutela que culminaron con la “Declaratoria del Estado de Cosas Inconstitucional”
en el Sistema Penitenciario Nacional, ordenó a las diferentes autoridades públicas
(ministros, gobernadores, alcaldes, etc.) la implementación de una política
criminal coherente y sistemática con base a las conclusiones y documentos que finalizaron
el informe realizado en el 2012 por la
Comisión Asesora de Política Criminal.
En las providencias, la Corte aludió a cómo
las decisiones “(…) están
generalmente basadas en la necesidad de responder con celeridad a fenómenos
sociales mediados por la opinión pública y de mostrar resultados contra el
crimen (…) No tienen como principal finalidad impactar los índices de
criminalidad y, rara vez, se sostienen en fundamentos sólidos que permitan
relacionar la expedición de una norma y la reducción real de un fenómeno
criminal.”[1]
La prohibición de motos con parrillero en
Bogotá encaja en este supuesto, ya que por cuenta de una serie de robos a mano
armada que han sucedido en la capital y que han sido ampliamente cubiertos por
los medios de comunicación, como lo fue el caso de Adriana Sobrero, mujer
embarazada víctima de hurto en el barrio los Rosales.
Ya hay voces en la Alcaldía y por parte de
miembros del Congreso que buscan proponer una medida legislativa para aumentar
las penas hacia las conductas realizadas por los atracadores como lo son el
hurto, modificado dos veces por la Ley 313 de 2003 y la Ley 1142 de 2007; Las
lesiones personales, modificada por la Ley 1639 de 2013 y homicidio, modificado
por la Ley 1257 de 2008, todas en términos del aumento de penas.
Vemos entonces que la excesiva articulación en
la política criminal, la política de seguridad y los medios, en el ámbito
distrital, han llevado a la creación de numerosos instrumentos jurídicos que
terminan por ser un “paño de agua tibia” que no atacan la problemática de fondo
y buscan nada más aludir a la opinión publica con soluciones inverosímiles que
dejan a un lado las prerrogativas más básicas de nuestra ciudadanía. Solo el tiempo dirá si Jerson y Alexander
podrán volver a utilizar su motocicleta o si serán tratado como simples
delincuentes por haber corrido con la mala suerte de haber nacido hombres en
una ciudad donde simplemente por esto los consideran peligrosos.
*Nombres cambiados a solicitud de los
entrevistados.
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